Club Santa Marta

CORPORACIÓN CLUB SANTA MARTA

CANJES

CLUBES SOCIALES CON LOS QUE LA CORPORACIÓN CLUB SANTA MARTA MANTIENE CONVENIO DE CANJE - 2024

Bogotá

Club Militar

Club Rosarista

Club de Banqueros

Club Javeriano La Montaña

Club Colombo Libanés

Corporación Atheneum World Trade Center Club

Metropolitan Club

Club Los Lagartos

Club Campestre La Sabana

Club Médico

Centro Italiano di Bogotá

Club El Nogal

Barranquilla

Country Club de Barranquilla

Corporación Club A.B.C.

Club Lagos de Caujaral

Sincelejo

Corporación Club Campestre Sincelejo

Club Campestre de Corozal

Cartagena

Club Naval

Club Cartagena

Bucaramanga

Club del Comercio de Bucaramanga

Club Campestre de Bucaramanga

Medellín

Club Campestre La Macarena

Club Campestre Medellín sede El Poblado

Club Campestre Medellín sede Llanogrande

Club Unión

Club Hacienda Fizebad

Cali

Club Colombia

Club San Fernando

Cúcuta

Club del Comercio

Corporación Tennis Golf Club

Popayán

Club Popayán

Club Campestre de Popayán

Manizales

Club Campestre de Manizales

Girardot   

Club Unión de Girardot

Ocaña

Corporación Club Ocaña

Ibagué

Corporación Club Círculo Ibagué

Valledupar

Club Valledupar

CONDICIONES BÁSICAS DE LOS CONVENIOS DE CANJE

1. El socio solicitante informa al Club Santa Marta los días concretos en que desea usar el convenio y el club para el que lo solicita. Puede hacerlo por teléfono, por WhatsApp al 323 4645532 o por el correo electrónico asistenterelacionespublicas@clubsantamarta.com

2. El socio solicitante debe tener condición de socio activo del Club Santa Marta.

3. El Club Santa Marta envía solicitud de canje al club receptor por cada vez, vía correo electrónico, con los datos precisos de:
a. Socio y beneficiarios que lo disfrutarán, con sus identificaciones.
b. Días a utilizar el convenio con las fechas determinadas.

4. Los canjes solo pueden ser utilizados por quienes aparecen en la solicitud.

5. Si el club receptor acepta llevar invitados, ellos deben ir en compañía del socio titular del canje.

6. Los pagos sobre los consumos se hacen directamente en el club receptor mediante tarjetas bancarias o efectivo.

7. No pueden ser sujeto de canje los residentes en la ciudad del club al que se le solicita el canje.

8. El derecho a uso del canje se limita a 30 días por año en cada club visitado.

En breve estaremos enviando las condiciones especiales, si las hay, de algunos de estos clubes, para que podamos cumplir con los compromisos acordados, y puedan ustedes disfrutar de esta red de excelencia en todo el país.